La rehabilitación del servicio de transporte de pasajeros en sus recorridos interurbanos será una realidad a partir del próximo jueves 11 de junio.
Transporte interurbano
¿Quiénes y cómo podrán viajar?
* El transporte público será de uso exclusivo para las personas autorizadas a desplazarse en cumplimiento de las actividades contempladas y habilitadas por las disposiciones del Gobierno Nacional. Es decir, sólo podrán viajar aquellos “exceptuados” en función y cumplimiento de su tarea o actividad económica. Ello deberá ser acreditado con los debidos permisos vigentes.
* Será obligatorio el uso de tapa-boca o barbijo, debiendo cubrir nariz y mentón. El pasajero deberá tenerlo colocado durante el trayecto del servicio.
* Entendiendo que podrían darse situaciones de traslados por motivos de atención médica, entre otros, se indicó que sólo podrán viajar acompañados los menores o personas con discapacidad.
* Las butacas serán asignadas de manera alternada para la ocupación, cualquiera sea la característica del transporte. De este modo, la ocupación total nunca podrá exceder el 50% de la capacidad de pasajeros.
* Se sugirió a los pasajeros, no utilizar el servicio si presentan síntomas de enfermedades respiratorias o síntomas compatibles con coronavirus (fiebre, dolor de garganta, tos y dificultad para respirar). Se solicita cubrirse la boca con un pañuelo descartable o con el codo flexionado, al toser o estornudar. Lavarse las manos con agua y jabón o utilizar alcohol en gel o alcohol fraccionado al 70%. En caso de haber viajado a países o provincias con circulación viral, o haber tomado contacto con un caso sospechoso o confirmado de coronavirus, deberán comunicarse inmediatamente con el centro asistencial más cercano.
Frecuencias del servicio
* Se habilitan servicios con recorrido dentro de los departamentos de la provincia, priorizando las conexiones de más asidua demanda, siendo exclusivamente para las personas autorizadas a desplazarse en cumplimiento de las actividades permitidas por el Estado Nacional.
* Se autorizan las frecuencias principales, asegurando el “ida y vuelta” a los usuarios. Previamente, las empresas deberán informar a la Secretaría de Transporte los horarios de los servicios que dispondrán en el marco de la emergencia sanitaria, lo cual con ayuda de los municipios, será ampliamente difundido en cada localidad.
Se estima que para cada enlace “destino-procedencia, y viceversa” habrá horarios por la mañana temprano, al mediodía y noche, como para garantizar que quien se traslada pueda regresar a su hogar en el mismo día. La intención es que haya al menos un recorrido con estas características, pudiendo en algunas ciudades generarse más de una combinación, de acuerdo a la demanda.
¿Cómo obtener el boleto?
* Las ventanillas de cada empresa deberán asegurar que no se produzcan aglomeraciones. Los pasajeros deberán presentarse a tal fin, manteniendo el distanciamiento social y con barbijo o tapa-boca.
* En las boleterías, además de los datos personales al momento de vender un pasaje, se exigirá el permiso de circulación y/o la habilitación de su oficio y un número de teléfono donde se pueda localizar al pasajero. El mismo requerimiento deberán llevar a cabo los choferes y/o guardas del micro, en caso de que un pasajero realice su ascenso en una garita o una parada establecida en localidades donde no existe Terminal de Ómnibus.
¿Cómo y dónde subir o bajar?
* El ascenso y descenso de pasajeros será únicamente en las Terminales de Ómnibus o garitas previamente designadas, a los efectos de facilitar el control de bioseguridad. No obstante, esta medida quedará sujeta a la confirmación de cada municipio, de acuerdo a sus posibilidades y realidad urbanística.
* Los pasajeros deberán ascender y descender manteniendo la distancia social entre sí. La misma condición se recomienda para la entrega o retira de las valijas y/o el equipaje que se transporte en las bauleras.
Exigencias para los prestadores del servicio
* Los choferes deberán usar barbijos o tapa-bocas y máscaras faciales transparentes. El uso de guantes descartables no es obligatorio, pero en caso de hacerlo, los mismos se deberán recambiar al inicio de cada traslado.
* Estará prohibido compartir utensilios personales entre choferes o guardas y pasajeros, ya sea mate, cubiertos, tapaboca u otros elementos de protección personal, entre otros.
Otras disposiciones
* Cada unidad deberá disponer de alcohol en gel o soluciones desinfectantes para manos, propiciando el uso de los mismos por parte de los pasajeros y choferes.
* Los baños tendrán que contar con suministro de agua y jabón o tener a disposición alcohol en gel o alcohol fraccionado con agua al 70%. Asimismo, mediante cartelería visible fomentar el cumplimiento del uso de los mismos.
* Choferes y guardas deberán procurar que cada pasajero se mantenga en su asiento y evitar los movimientos innecesarios dentro del transporte público.
* Si algún pasajero presenta síntomas de fiebre y tos, deberá ser aislado del resto de los pasajeros, quedando alejado a una distancia de seguridad de al menos 3 metros. El chofer o guarda, deberán comunicar inmediatamente la situación al 0800-777-8476, a los efectos de recibir las instrucciones que se le indiquen respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje.
* Choferes y/o pasajeros están obligados a denunciar la presencia de personas que cuenten con visibles síntomas de enfermedad coronavirus (COVID-19), pudiendo para ello demorar la salida o dando alerta al centro asistencial más próximo a los fines de iniciar el protocolo de actuación. Esa acción se realizará procurando un trato digno de consideración hacia el pasajero en cuestión y no será motivo de suspensión del servicio.
* El transporte deberá circular durante todo el recorrido en forma ventilada, para lo cual deberá llevar sus ventanillas abiertas.
Según consignó FM Estación Plus Crespo, el Protocolo girado por la Secretaría de Transporte a cada una de las intendencias entrerrianas, concentra además disposiciones específicas en cuanto a la limpieza de las unidades, de las terminales de ómnibus, la prioridad y exenciones del personal afectado a los servicios basado en términos de salud, entre otros aspectos.
